jueves, 3 de abril de 2008

En el Perú 2 millones de niños trabajan en las calles


¿Recuerdas a esas caritas tristes que te ofrecen "frunas" en las calles? ¿viste algún niño lustrando zapatos en la calle?¿Escuchaste acaso el reportaje de los "niños del terokal"? ¿Sabes lo que en verdad significa ser "pirañita" o "pájaro frutero"? ¿Se deben aplicar los mismos derechos al adolescente homicida?

Obviamente, en las calles encontramos mucho más niños y niñas que no han roto lazos con su hogar, que niños alejados de los mismos, siendo estos últimos los llamados "niños de la calle". Los primeros forman parte del sistema económico familiar y, por ende, se encuentran realizando trabajo infantil, los otros suelen incurrir en acciones ilegales, en la aplicación de estrategias de supervivencia completamente distintas Se entiende por trabajo infantil a toda actividad económica de carácter lícito realizada en forma regular, periódica o estacional, por niños (menores de 12 años de edad) o adolescentes (de 12 hasta cumplir los 18 años de edad) que implique su participación en la producción o comercialización de bienes y servicios destinados al mercado, el trueque o el autoconsumo, independientemente de que dicha actividad se encuentre sujeta a retribución alguna. Según esta definición las actividades económicas ilícitas tales como la prostitución de menores de edad o el comercio de drogas, no son concebidas como trabajo infantil. Igualmente, ciertas modalidades para obtener ingresos, no incluidas bajo el concepto de actividad económica, tales como el robo o la mendicidad, no son consideradas como trabajo. Asimismo, la participación de los niños y adolescentes en tareas domésticas en el seno de su propia familia no debe ser incluida bajo el rubro de trabajo, pues dicha actividad constituye parte de las funciones básicas de una familia y es en muchos casos indispensable para la supervivencia de sus miembros.

Algunos niños cuentan sus dramas que los obligaron a llevar esta vida. Según la ENNIV, en el Perú existen 1,93 millones de personas entre los 6 y 17 años que están ocupados desarrollando actividades laborales. De este total, el 31% son pobres extremos, el 41% pobres no extremos y el 28% no pobres; el 54% de los niños que laboran son hombres; el 85% caen dentro de la categoría de familiar no remunerado y trabajan principalmente realizando labores agrícolas, en especial en la sierra rural (7), desde décadas pasadas se viene afirmando con mayor énfasis este proceso de ruralización de la mano de obra infantil; sin lugar a dudas, el trabajo infantil en el Perú es un fenómeno principalmente rural. De acuerdo con la ENAHO 96, el mayor porcentaje de los niños y adolescentes que trabajan, lo constituyen los Trabajadores Familiares No Remunerados (69,8%). El trabajo resta oportunidades y roba el futuro de niñas, niños y adolescentes del país. No obstante ello, instituciones que trabajan por la erradicación del trabajo infantil observan que el Estado Peruano hasta el momento no ratifica el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que eleva a 14 años la edad mínima para autorizar el trabajo de adolescentes (nuestro país es uno de los pocos de la región que la establece en 12 años de edad). Asimismo, falta ratificar el Convenio 182, que prohíbe las peores formas de trabajo infantil. Miles de menores trabajan en minas y ladrilleras, por citar algunas actividades, a la vista y paciencia de las autoridades.
En diciembre de 1992 el gobierno peruano promulgó el nuevo Código de los Niños y Adolescentes, instrumento legal que se basa en los mejores aportes de la Convención Internacional de los Derechos del Niño. En el mismo se establece el derecho de los adolescentes (12 a 17 años) a ejercer aquellas actividades laborales que no afecten su desarrollo integral; así, se plantea un nivel de trabajo inexistente en la actualidad, porque los menores realizan actividades que sobrepasan su capacidad física, obligados por las necesidades de sus familias. Sin embargo es un instrumento moderno que propone un conjunto de medidas de protección al menor en la búsqueda que el trabajo que realiza esté libre de formas agudas de explotación

http://rapidshare.com/files/132605817/prueba_1.htm.html